Buenos días
Hoy ha sido publicado el RD con la especificación de las nuevas habilitaciones profesionales para los títulos de recreo, modificación en motos acuáticas y cambios en la normativa de PPER aumentado atribuciones de pasajeros y reduciendo los cursos necesarios para la obtención del mismo.
ENLACE BOE
Saludos
Vidal Mestre
pper.sailorsdreams.com[url=http://pper.sailorsdreams.com/][/url]
Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas.
https://www.boe.es/boe/dias/2019/05/01/p...9-6481.pdf
Buenas tardes a tod@s
De momento una "putada" para los PY a partir del 1 de Julio
5 errores máximo en teoría de navegación.
3 errores máximo en CARTA.
Habrá concurrencia masiva en la CC.AA. con exámenes para PY antes del 1 de Julio.
Saludos
Empecé a leer al azar, y vi esto:
Cita:Los poseedores de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo podrán ser habilitados para:
a) Prestar servicios de transporte de suministros, siempre dentro las aguas interiores marítimas y del mar territorial españoles hasta una distancia máxima de cinco millas desde el puerto, puerto deportivo, marina o playa de salida, efectuados mediante embarcaciones de recreo y motos náuticas, con destino a otras embarcaciones o buques de recreo.
Y ya dejé de leer.
(01-05-2019, 05:55 PM)vecino escribió: [ -> ]Empecé a leer al azar, y vi esto:
Y ya dejé de leer.
Esto esta dirigido a los camareros de formentera que llevan las paellas a los barcos.
He movido de vuelta este hilo aquí porque tiene más sentido en el Foro de titulaciones que en el Foro Náutico donde había sido colocado.
(03-05-2019, 04:53 PM)vecino escribió: [ -> ]¿En serio?
Pues no.
Aunque entran en la descripcion no?