Hola: a ver si alguien lo tiene más claro que yo. A la hora de comprar un barco de más de 8m en un país de la unión europea distinto a España, que impuestos se pagarían en España además del impuesto de matriculación si abanderas el barco en España? y si lo abanderas en Polonia?
Muchas gracias.
Yo compré el mío en Holanda, de 8,5 m, y abanderé en Polonia, pagué el impuesto especial del 12%, afortunadamente el barco estaba en tablas y con la antigüedad se queda en poco, y el impuesto de transmisiones, que en Galicia es del 1%, pero que va con respecto al precio de la compraventa y me salió un poco más que el otro, cerca de los 1.000 € entre los dos.
Y asegurarse de que el Iva está pagado

(12-01-2026, 12:50 PM)caribdis escribió: [ -> ]Yo compré el mío en Holanda, de 8,5 m, y abanderé en Polonia, pagué el impuesto especial del 12%, afortunadamente el barco estaba en tablas y con la antigüedad se queda en poco, y el impuesto de transmisiones, que en Galicia es del 1%, pero que va con respecto al precio de la compraventa y me salió un poco más que el otro, cerca de los 1.000 € entre los dos.
Y asegurarse de que el Iva está pagado

Muchas gracias Caribdis. Para asegurarte de que el iva está pagado, como lo haces, con la factura original de la primera compra del barco? Existe otra forma caso de que la factura no se encuentre?
Aprovecho para preguntarte también sobre la bandera polaca, ese tema que he oido de que tras 18 meses de estancia en España tienes que inscribir el barco en España aunque tenga bandera polaca, es cierto?
Gracias de nuevo.
Lo de los 18 meses parece ser un infundio creado por ChatGpt
Mordor:
https://foro.latabernadelpuerto.com/show...p?t=211208
Yo llevo ya dos años y medio en Galicia y todavía no me han advertido amablemente de nada
Del Iva tengo un papel holandés o belga que no es la factura de compra, parece ser que en Europa es algo que se ve mucho más, pero si, es importante que eso esté claro.

Yo compré un barco francés y pagué el impuesto de matriculación conforme a tablas porque estaba el modelo.
A los 4 años prescribe si no se liquidó correctamente o no se pagó.
A los 3 años y medios de la compra, un inspector me envió un requerimiento pidiendo información (contrato, liquidaciones, etc).
Les respondí con la documentación que me pedían, el cálculo del impuesto que hice y la explicación de dónde salía cada valor, además de la aclaración que hay en la web de hacienda indicando que es posible usar el valor en tablas.
Ya no me han contestado desde entonces, pero el expediente sigue abierto.
Hola. Me dice una empresa especializada en abanderamiento polaco que si abanderas el barco bajo pabellón polaco no es necesario pagar el impuesto de transmisiones ni demostrar que el iva está pagado, si habría que pagar la matriculación, es decir el impuesto sobre determinados medios de transporte.
Esas tablas de las que hablas, Josefu, para pagar el impuesto de matriculación, donde se pueden conseguir?
Muchas gracias a todos por la información.
(14-01-2026, 08:02 PM)kayuco escribió: [ -> ]Hola. Me dice una empresa especializada en abanderamiento polaco que si abanderas el barco bajo pabellón polaco no es necesario pagar el impuesto de transmisiones ni demostrar que el iva está pagado, si habría que pagar la matriculación, es decir el impuesto sobre determinados medios de transporte.
Esas tablas de las que hablas, Josefu, para pagar el impuesto de matriculación, donde se pueden conseguir?
Muchas gracias a todos por la información.
A ver si los ves aquí, precios medios de venta
https://pdfelementcloud.wondershare.com/...SP5n86mBiM

(14-01-2026, 08:02 PM)kayuco escribió: [ -> ]Hola. Me dice una empresa especializada en abanderamiento polaco que si abanderas el barco bajo pabellón polaco no es necesario pagar el impuesto de transmisiones ni demostrar que el iva está pagado, si habría que pagar la matriculación, es decir el impuesto sobre determinados medios de transporte.
Esas tablas de las que hablas, Josefu, para pagar el impuesto de matriculación, donde se pueden conseguir?
Muchas gracias a todos por la información.
Si eres residente fiscal en España, pagas ITP, IEDMT (matriculación) y el IVA debe estar pagado.
El IVA, si el país de primera compra es europeo, esta pagado, porque un barco comprado nuevo en Francia (por ejemplo) no puede ser matriculado, al igual que en España, si no tiene liquidados los impuestos correspondientes. Yo use como justificación la propia documentación francesa.
No se si me fiaría de el que te ha dicho eso, a poco que hayas hecho alguna compraventa de vehículos sabes que del ITP no te libras ni en broma.
Respecto a las tablas, las publica hacienda en el boe todos los años. Busca "tablas vehículos usados hacienda" y usa la más actual.
Una cosa es el abanderamiento y otra muy distinta es de quien es.el bien.
En España para saber de quién el barco, es decir, para que sea tuyo el bien hay que pagar el ITP si o sí
Mi barco estaba con bandera Polaca y al comprarlo y ponerlo con pabellón español, yo pagué el ITP.....y el vendedor también pagó su ITP que no pagó en su día cuando lo adquirió y rápidamente, Capitanía ya había avisado a Hacienda para que además llevase recargo y multa.
Los impuestos caducan en 4 años ....si no te han iniciado un expediente . Si puedes demostrar que has tenido el barco mas de 4 años en territorio español y no te han cazado , tienes una agarradera y lo ganas en un recurso .....otra cosa es que te pillen y te manden expediente el dia de antes , con lo que ponen contador a cero .
los 18 meses x3 periodos son para barcos de no residentes en la UE...Y tienen q sacar el barco de la UE antes de esos 18 meses por un maximo de 3 periodos ...pasado ese tiempo tendrian que sacr el bien de la UE ...E imagino q pasar x tiempo o pagar los impuestos de importacion( iva ) y matriculacion....aunque dejes la bandera original
a Hacienda le da igual donde matricules siempre y cuando le hayas pagado los impuestos