10-10-2018, 04:50 PM
Resumen:
Bandera extra-comunitaria y Patron extra-comunitario: Salir cada 18 meses de la UE
Bandera extra-comunitaria y Patrón residente, Barco nunca UE: Salir cada 18 meses de UE o pagar IVA e IEMT
Bandera extra-comunitaria y Patrón residente, Barco que estuvo matriculado en España, El IVA debe de estar pagado y el IEMT también o exento. Puedes quedarte de momento el tiempo que quieras.
Posibles Problemas:
En Salidas y entradas hay que documentarlas correctamente.
En barco que estuvo matriculado en España, hay que ser capaz de demostrar que es el mismo barco que el actual.
Los que hemos Estado matriculados en España, y después pasamos a Bandera belga y ahora pasamos a Bandera de Delaware (por ejemplo) con el mismo barco, lo que hacemos es cambio de bandera, pero no hay exportación ni importación porque el barco nunca salió de territorio de la UE. Tenemos que demostrar que es el mismo barco y que tenemos el IVA pagado y el IEMT también, y podemos quedarnos de momento el tiempo que queramos.
Sencillo, sólo una coletilla si cambias a Bandera de Delaware u otra cualquiera, hazlo con la misma titularidad que tenìas en España o Europa, dado que si lo abanderas a nombre de una Sociedad, entonces ahí hay un cambio de titularidad.... y eso puede traer alguna complicación. Es decir tiene que ser el mismo barco y el mismo titular.
Saludos
Bandera extra-comunitaria y Patron extra-comunitario: Salir cada 18 meses de la UE
Bandera extra-comunitaria y Patrón residente, Barco nunca UE: Salir cada 18 meses de UE o pagar IVA e IEMT
Bandera extra-comunitaria y Patrón residente, Barco que estuvo matriculado en España, El IVA debe de estar pagado y el IEMT también o exento. Puedes quedarte de momento el tiempo que quieras.
Posibles Problemas:
En Salidas y entradas hay que documentarlas correctamente.
En barco que estuvo matriculado en España, hay que ser capaz de demostrar que es el mismo barco que el actual.
Los que hemos Estado matriculados en España, y después pasamos a Bandera belga y ahora pasamos a Bandera de Delaware (por ejemplo) con el mismo barco, lo que hacemos es cambio de bandera, pero no hay exportación ni importación porque el barco nunca salió de territorio de la UE. Tenemos que demostrar que es el mismo barco y que tenemos el IVA pagado y el IEMT también, y podemos quedarnos de momento el tiempo que queramos.
Sencillo, sólo una coletilla si cambias a Bandera de Delaware u otra cualquiera, hazlo con la misma titularidad que tenìas en España o Europa, dado que si lo abanderas a nombre de una Sociedad, entonces ahí hay un cambio de titularidad.... y eso puede traer alguna complicación. Es decir tiene que ser el mismo barco y el mismo titular.
Saludos