20-09-2018, 06:53 PM
Saludos y cervecitas para todos.
Resulta que tengo el barco en zona 2 y pabellón español, y el inspector de ITB ha puesto en el acta (yo no podía estar presente) que debo "APORTAR BALSA" si quiero seguir en zona 2. Yo, desde que se puede, alquilo la balsa cuando la necesito para las travesías.
Después de hablar por teléfono y explicarle el reglamento (que él debería conocer) ha reconocido que no hacía falta que le trajese una balsa pero que le enseñase un recibo de alquiler Estamos todos locos?
Si algún erudito de entre vosotros tuviera a bien señalarme la orden o reglamento donde diga que la balsa sólo es exigible cuando el barco se encuentra en la zona pertinente, se lo agradecería enormemente. Le haría una fotocopia para que se la ponga en el comedor de casa.
Repito
Resulta que tengo el barco en zona 2 y pabellón español, y el inspector de ITB ha puesto en el acta (yo no podía estar presente) que debo "APORTAR BALSA" si quiero seguir en zona 2. Yo, desde que se puede, alquilo la balsa cuando la necesito para las travesías.
Después de hablar por teléfono y explicarle el reglamento (que él debería conocer) ha reconocido que no hacía falta que le trajese una balsa pero que le enseñase un recibo de alquiler Estamos todos locos?
Si algún erudito de entre vosotros tuviera a bien señalarme la orden o reglamento donde diga que la balsa sólo es exigible cuando el barco se encuentra en la zona pertinente, se lo agradecería enormemente. Le haría una fotocopia para que se la ponga en el comedor de casa.
Repito