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(05-10-2018, 10:49 PM)Marcos Montesier escribió: Siento pincharos el globo...
He mandado emails a dos gestorias de bandera belga y la misma respuesta, a partir de 1.1.2019 no se abanderan mas barcos a no residentes belgas, no le deis mas vueltas.
O los que trabajan de eso son lelos
Y no se sabe lo que pasara con los que estan en vigor
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Manel - EA3CBQ
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Anavre en crisis económica ?
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(05-10-2018, 10:49 PM)Marcos Montesier escribió: Siento pincharos el globo...
He mandado emails a dos gestorias de bandera belga y la misma respuesta, a partir de 1.1.2019 no se abanderan mas barcos a no residentes belgas, no le deis mas vueltas.
O los que trabajan de eso son lelos
No lo tengo tan claro. La ley dice:
Cita:Art. 5. § 1. Las siguientes embarcaciones de recreo se pueden registrar en Bélgica:
(1) embarcaciones de recreo a partir de dos metros y medio de las cuales el propietario está relacionado con Bélgica.Existe un vínculo con Bélgica si la propiedad de una embarcación de recreo:a. es más del 50% propiedad de belgas o personas físicas que residen en Bélgica;ob. pertenece en un 50% a una persona jurídica registrada en el Crossroads Bank for Enterprises;oc. cumple con una combinación de las condiciones de a y b, si una persona física y una persona jurídica son copropietarios del barco.
(2) embarcaciones de recreo que se comercializan de conformidad con la Directiva 2013/53 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, sobre embarcaciones de recreo y embarcaciones a motor y por la que se deroga la Directiva 94/25 / CE.§ 2. La elección del nombre belga y el puerto de origen de una embarcación de recreo en la solicitud de registro debe ser aprobada por la autoridad mencionada en el artículo 7, 6 °. El puerto de origen debe ser el nombre oficial de una ciudad o municipio belga. § 3. El autor de una solicitud de registro deberá pagar una tarifa por el examen y expedición o rechazo de la carta de registro a que se refiere el artículo 6. § 4. El registro sigue siendo válido hasta que :(1) la propiedad de la embarcación de recreo se transfiere en su totalidad o en parte de forma gratuita oa un costo;(2) la propiedad de la embarcación de recreo se transfiere en su totalidad o en parte de forma gratuita oa un costo.
Vamos, que la separación en dos categorías genera la duda de si se necesita vinculo Belga en la segunda ya que no se menciona aparte del tema del marcado CE. Lo que veo bastante claro es lo que resalto en negrita. Y es que parece que mientras el barco no se venda no nos pueden quitar el derecho a enarbolar una bandera por la que pagamos en su día impuestos y renovaciones.
De hecho, este acto, el de haber solicitado abanderamiento en Bélgica y el haber recibido una respuesta aprobatoria ya nos concede un vínculo auténtico con Bélgica. Es similar al caso del extranjero que se empadrona en una ciudad Belga. No lo es de nacimiento pero el vinculo documental ya le autoriza a abanderar puesto que sus impuestos se abonan allí y se le otorga ese derecho.
Puede que a partir de Enero de 2019 ya no se conceda ese derecho
a nuevos abanderamientos, pero en nuestros caso
el derecho ya se ha concedido y nos pertenece. Yo creo que
sí nos renovaran mientras no se transmita la propiedad.
No es que el mar tenga tan mal carácter.
El verdadero canalla es el viento.
El mar... sencillamente se deja llevar.
(Última modificación: 05-10-2018, 11:10 PM por
pinguino.)
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EsEsta es la respuesta de una de las gestorias.
Renovacion
B
Buenos dias Marcos,
Efectivamente cambian las cosas a partir del 01.01.2019.
Aqui debajo te envio el resumen :
A partir del 01.01.2019, entrara en vigor un nuevo sistema de registro de embarcaciones de recreo en Bélgica.
Para conseguir un abanderamiento, la propiedad del barco tiene que estar por lo menos al 50 % a nombre de:
· Una persona física con nacionalidad belga
· Una persona física con residencia en Bélgica
· Una empresa registrada en Bélgica
Para los propietarios de barco que tienen actualmente la bandera belga, esto implica que no podrán renovarla cuando llegue a la fecha de caducidad.
Las cartas de abanderamiento belga tienen vencimiento a los 5 años y se siguen emitiendo hasta el 28 de diciembre de este año.
Marcos
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Se puede plantear una duda:
Art. 5.
§ 1. Las siguientes embarcaciones de recreo se pueden registrar en Bélgica:
(1º) embarcaciones de recreo a partir de dos metros y medio de las cuales el propietario está relacionado con Bélgica.Existe un vínculo con Bélgica si la propiedad de una embarcación de recreo:a. es más del 50% propiedad de belgas o personas físicas que residen en Bélgica;ob. pertenece en un 50% a una persona jurídica registrada en el Crossroads Bank for Enterprises;oc. cumple con una combinación de las condiciones de a y b, si una persona física y una persona jurídica son copropietarios del barco.
(2º) embarcaciones de recreo que se comercializan de conformidad con la Directiva 2013/53 / UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, sobre embarcaciones de recreo y embarcaciones a motor y por la que se deroga la Directiva 94/25 / CE
.§ 2. La elección del nombre belga y el puerto de origen de una embarcación de recreo en la solicitud de registro debe ser aprobada por la autoridad mencionada en el artículo 7, 6 °. El puerto de origen debe ser el nombre oficial de una ciudad o municipio belga.
§ 3. El autor de una solicitud de registro deberá pagar una tarifa por el examen y expedición o rechazo de la carta de registro a que se refiere el artículo 6.
§ 4. [i]El registro sigue siendo válido hasta que :(1) la propiedad de la embarcación de recreo se transfiere en su totalidad o en parte de forma gratuita oa un costo;[/i]
[i](2) la propiedad de la embarcación de recreo se transfiere en su totalidad o en parte de forma gratuita oa un costo.[/i]
Se pueden registrar las que cumplen 1º y 2º o se pueden registrar las que cumplen 1º o 2º...?
Yo entiendo que es lo segundo, pero me mosquea que ponga primero y segundo.
Lúa nova, lúa chea, preamar ás dúas e media (en inverno, e na ría de Vigo)
(Última modificación: 06-10-2018, 10:31 AM por
caribdis.)
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coño,voy llamar a ger,yo el `puerto base lo tengo en holanda....cajo en toooooo
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a rañala...
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Problema legal ninguno, el problema son los requisitos que se pidan, si piden itb para mi ya estan descartados, por lo demas no importa dado que lo unico que hay que tener cuidado es que el barco nunca vaya al pais de bandera que es donde la autoridad de dicho país te puede pedir, sus cohetes, revisiones. ... pero mientras no vayas al pais de bandera ningun problema.
Marcos
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señor enrique,me parece que no lo acaba de enteder? aunque yo tambien te entiendo a tí,pero se trata de que no te toquen los cojones con tanta burocracia,que si,que todos tenemos lo que hay que tener en zona 4 doce millas,pero se trata de que te tocan los cojones y por mi parte no me me gusta nada que me toquen los cojones,no sé si me e explicado bien,pero como tu as dicho no sé donde? siempre estaré con los pobres,mande quien mande,me dá igual,al final siempre joden a los pobres,pues prefiero ser robin jood o como se diga,a los vividores ni agua,cada vez que me acuerdo del lute me dá mal rollo,me gustaria saber que piensa él en esta epoca en la que estamos,joer toda una aventura por culpa de una gallina y los que hay ahora roban a mansalva y en dos dias en la calle y con el bolsillo lleno..........bandera española no-y no es por la bandera es por que no te toquen los cojones los vividores del sistema......busc alguien que tenga bandera de coherencia que no haya pagado sus impuestos???????hasta creo que mas que muchos de los vividores que se conocen todas las triquiñuelas legales
dejalo enrique,ya sé que no quieres que nos metamos en berenjenales,pero es lo que toca,no es por la bandera es porque no te toquen los cojones cada vez que se inventan una ley nueva,hoy esto y mañana lo otro,pues se acabaó,o eso espero,antes me llevo el barco a donde sea o lo hundo o lo vendo,bufffff muchas cervezas encima pero es lo que hay..............total al final voy seguir con bandera belga,que para eso pague mis impuestos cuando puse la bandera,por mucho que se invente una ley al final hay por donde tumbarla,echa la ley echa la trampa
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a rañala...
mmsi 261001678
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