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Una curiosidad: ¿siendo el armador no puedes poner en el contrato las condiciones que quieras?..
No salir con alerta naranja, tener titulación y experiencia probada, no beber a bordo, no fondear a menos de una distancia de costa u otros barcos, no superar el límite de tripulación, no dejar el barco solo...etc, etc...y en caso de incumplimiento fijar indemnizaciones, y en caso de siniestro o pérdida total una indemnización que resarza de las pérdidas sufridas, por el barco y por el tiempo que se tardaría en habilitar otro...
Son contratos de mutuo acuerdo no? O existe una reglamentación como en los alquileres de casas?
Un saludo
Lúa nova, lúa chea, preamar ás dúas e media (en inverno, e na ría de Vigo)
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(17-04-2019, 08:44 AM)caribdis escribió: Una curiosidad: ¿siendo el armador no puedes poner en el contrato las condiciones que quieras?..
No salir con alerta naranja, tener titulación y experiencia probada, no beber a bordo, no fondear a menos de una distancia de costa u otros barcos, no superar el límite de tripulación, no dejar el barco solo...etc, etc...y en caso de incumplimiento fijar indemnizaciones, y en caso de siniestro o pérdida total una indemnización que resarza de las pérdidas sufridas, por el barco y por el tiempo que se tardaría en habilitar otro...
Son contratos de mutuo acuerdo no? O existe una reglamentación como en los alquileres de casas?
Un saludo
claro que puedes... un contrato privado entre dos (o mas) partes, puede tener tantas clausulas como se quiera, determinando todo aquello que se quiera, siempre que se ajuste a ley, si no, las clausulas o el contrato entero es nulo.
pero si te pones muy tiquismiquis y la competencia no, pues el mercado te pondra en el sitio... y generalmente te pone en "mal" sitio
por ejemplo, si exiges "experiencia probada" estas limitando el volumen de potenciales clientes. Si "los de al lado" no lo exigen en sus contratos, pues juegas en desventaja...
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Creo que siempre será mejor perder un cliente que perder un barco.
Saludos.
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(17-04-2019, 10:01 AM)Velero Simbad escribió: Hasta donde yo se no hay un contrato reglamentado especialmente, pero da igual lo que pongas, si pierdes un barco en temporada ta has jodido bien y los colegas a los que les ha pasado no han sido resarcidos nunca con el "Lucro cesante" así que para esa modalidad de negocio el riesgo es permanente y los seguros pagan siempre lo menos posible, un percance serio te termina costando dinero ¿recuerdas el velero que se hundió en el puerto de Formentera? el armador se lo ha tenido que pagar enterito y ahora mismo esta en pleitos con la aseguradora, claro el se lo ha podido pagar, peroooooooooooo cuenta: reflotar el barco, varadero en ¡Formentera! durante varios meses, transporte a Valencia con el barco parcheado y remodelacion completa
Pero entonces el problema está con las compañías de seguros, con las que también se firman contratos con unas condiciones muy determinadas y en las que puedes incluír indemnizaciones por el tiempo perdido en caso de siniestro. Lo cobrarán, claro..al igual que habrá compañías más solventes que otras.
En cualquier caso, no le veo sentido a desahogarse con el cliente, yo creo que todos conocemos múltiples ejemplos de inconsciencia entre los clientes de charter, y seguramente sea muy difícil eliminar eso...por lo tanto habrá que contar con ello y cubrirse de esos riesgos...o asumirlos..
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Ese es otro problema. Cuanto más te aseguras, menos ganas o tienes que poner precios más elevados.
Así que en el fondo los armadores asumen el riesgo, y así obtener mayor marchen de ganancias.
Claro que si ocurre algo se acaba el chollo.
Las grandes compañías de chárter trabajan de otra manera. En el fondo no son propietarios del barco. Lo hacen por lising. Aquí la empresa o banco que otorga el lising exige un buen seguro del barco.
Entonces el coste mensual puede ser incluso más bajo que si compras un barco por crédito.
Si el barco lo tienes totalmente pagado, en el fondo es como jugar en la bolsa.
Si se huunde el barco pierdes como ocurre en la bolsa
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