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Nuevo Real Decreto sobre material de seguridad

Lo he leído un poco rápido y hay bastantes contradicciones que se pueden interpretar de muchas maneras. Es la maldita ambigüedad de las leyes españolas.

Por ejemplo dice que los barco del registro español de buques pueden cambiar temporalmente de pabellón.

Esto es muy sutil, ya que da por hecho que aunque tengas pabellon extranjero, tu barco es español.
O sea habria que evitar entrar en ese registro.

Otra es que la ley es aplicable a los buques del registro español.

Entiendo que con la creación del registro español de buques, con la excusa de que en caso de siniestro los afectados puedan cobrar las indemnizaciones, crean un concepto de pertenencia de rango superior al pabellon.

Por lo menos eso entiendo yo.

Con todo, si mi barco no esta en ese registro, no me pueden aplicar la nueva ley
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y como evitas el registro?me imagino que con un seguro de europa? a saber las leyes......esta peninsula no hay quien la coja por ningun lado,siguen siendo los mismos perros con distinto collar (psoe-pp)y el collar lo tiene la iglesia,no queria decirlo pero estoy muy quemado,ni el psoe ese quiere meteterle mano,porque es un convenio entre estados( vaticano-españa) y lo peor es que no avanzamos desde el siglo 19,que los vividores de esta peninsula mandaban al pueblo a dar su vida por esta peninsula y quien se quedaba la pasta eran los de siempre
https://es.wikipedia.org/wiki/Guerra_his...dounidense
a rañala

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Agradecido por: Pope76

Por eso decía que es una jugada maestra...

Si tu aseguradora es española, no le quedará más remedio que mantener el fichero, ya que la ley le va a obligar...

Si es extranjera, no sé si debe tener alguna licencia para poder operar en España, con lo que tendría que acatar la ley y mantener el fichero...

Dudo que un armador con Aseguradora que opera en España, tenga potestad para decidir estar o no en ese fichero...

Pero bueno, ya dirán los juristas...
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Leído Anem:
Desde el 1 de enero de 2021, los ciudadanos británicos no se pueden seguir beneficiando del reconocimiento de sus títulos de recreo para gobernar embarcaciones de recreo de pabellón español, al no cumplirse los requisitos establecidos en las disposiciones adicionales tercera y cuarta del Real Decreto 875/2014, al pasar Reino Unido a ser considerado país tercero y no figurar en la relación de países recogidos en el Anexo IX, cuyas titulaciones expedidas son reconocidas

Sigue:

Esta situación, de acuerdo también con la información facilitada por la DGMM, cambiará una vez sea publicado el Real Decreto que regula el equipo de seguridad y prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo][size=medium][font=-apple-system, system-ui,, en el que se ha incluido una disposición que modifica aspectos recogidos en el Real Decreto 238/2019, entre ellos una modificación al https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014- Real Decreto 875/2014 (10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo), a fin de que se incluya a Gran Bretaña en su Anexo IX (Títulos expedidos por otros estados). Por ello, con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto, cuya publicación se espera en breve, todo lo mencionado dejaría de tener validez y los ciudadanos británicos podrán utilizar el título RYA para alquilar y gobernar embarcaciones de recreo de bandera española en nuestras aguas.

_____________
Manel - EA3CBQ
Socio fundador: Anavre N° 15, ForoNavegantes
Anavre en crisis económica ?
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(12-03-2021, 10:20 PM)Dunic escribió:  Leído Anem:
[b][i]Desde el 1 de enero de 2021, los ciudadanos británicos no se pueden seguir beneficiando del reconocimiento de sus títulos de recreo para gobernar embarcaciones de recreo de pabellón español, al no cumplirse los requisitos establecidos en las disposiciones adicionales tercera y cuarta del Real Decreto 875/2014, al pasar Reino Unido a ser considerado país tercero y no figurar en la relación de países recogidos en el Anexo IX, cuyas titulaciones expedidas son reconocidas[/i]“.[/b]
Sigue:
Esta situación, de acuerdo también con la información facilitada por la DGMM, cambiará una vez sea publicado el [b]Real Decreto que regula el equipo de seguridad y prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo[/b], en el que se ha incluido una disposición que modifica aspectos recogidos en el Real Decreto 238/2019, entre ellos una modificación al Real Decreto 875/2014 (10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo), a fin de que se incluya a Gran Bretaña en su Anexo IX (Títulos expedidos por otros estados). Por ello, [b]con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto, cuya publicación se espera en breve, todo lo mencionado dejaría de tener validez y los ciudadanos británicos podrán utilizar el título RYA para alquilar y gobernar embarcaciones de recreo de bandera española en nuestras aguas.[/b]


[b]!!!![/b]

no tengo a maquina enigma a mano  Meparto Meparto
Brindis
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cada vez entiendo menos,voy dormir......parecia un jeroglifico eso jajajajajajjaajaj

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solo quieren pasta...
http://www.anen.es/las-titulaciones-naut...KZ8-xnIvdU

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(13-03-2021, 08:41 AM)Hippie escribió:  solo quieren pasta...
http://www.anen.es/las-titulaciones-naut...KZ8-xnIvdU

Hay que alebantar el país, Hippie. No seas malo.
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“La ley solo existe para los pobres; los ricos y los poderosos la desobedecen cuando quieren, y lo hacen sin recibir castigo porque no hay juez en el mundo que no pueda comprarse con dinero”.
Marqués de Sade

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Agradecido por: vecino, Pope76

Cada vez más restricciones, más control, más pagar, más vigilancia... y menos libertad.
Los años 80/90 no volverán.

Saludos.
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Agradecido por: Velero Simbad

(14-03-2021, 02:20 PM)vecino escribió:  Cada vez más restricciones, más control, más pagar, más vigilancia... y menos libertad.
Los años 80/90 no volverán.

No lo dudes banghead

Brindis
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Agradecido por: Pope76, vecino

https://www.lavozdegalicia.es/noticia/so...P23992.htm

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esto dice el abogado de panorama nautico?????????


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(16-03-2021, 06:57 PM)Hippie escribió:  esto dice el abogado de panorama nautico?????????


Solo explica un poco qué dice la nueva propuesta de ley, pero no hace ningún comentario sobre si sería legal o no la dichosa ley, dónde se podría impugnar...
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me an enviado esto....


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