Calificación:
  • 0 voto(s) - 0 Media
  • 1
  • 2
  • 3
  • 4
  • 5

EXAMEN PPER ABRIL 2023
#16

No hay que poner ninguna pega a las polémicas, es así como se aclaran las cosas y conocemos las opiniones de los demás, solo hay que hacerlo con respeto. Creo que hay que separar las cosas y no mezclar las diferentes. Una embarcación de recreo está bien definida por la ley y la única diferencia entre la lista 6ª y 7ª es el ánimo de lucro. Ninguna ley prohíbe que una de lista 7ª pueda ser tripulada por personal profesional y eso es lo que he dicho, que una embarcación de recreo puede tener tripulación profesional. El PPER, y las titulaciones profesionales cubren eso, el capitán de yate no. Siempre hay muchas lagunas en lo que concierne a la navegación de recreo, ya que a pesar de que es una actividad importante en la industria náutica y turística de este país, su regulación está en manos de personas que serán buenos profesionales de la marina mercante pero el desconocimiento que tienen de todo lo que incumbe a la navegación de recreo es monumental. Y no saber no está mal, lo horrible es pensar que los demás son unos domingueros y despreciar lo que pueden aportar. Todo lo relacionado con el PPER y su aplicación a la náutica de recreo es una chapuza, y hay que estudiar mucho para hacerla tan monstruosa. Es una especie de castigo por querer tener un marco legal para trabajar. Por eso no es de extrañar que el personal trate de salir adelante en la manera que se puede en la ocupación en la que muchos llevan bastantes años. Tampoco hay que extrañarse que en una situación económica como la actual haya mas de 600 personas que busquen trabajo dentro de la ley por muy desastrosa que ésta ley sea. Y no creo que nadie haga el caro y tortuoso camino del PPER para después hacer charter ilegal.
Para terminar, el intrusismo profesional es algo que se da en todos los campos en los que se mueve dinero y para reducirlo sólo hace falta voluntad, si todos sabemos en un puerto quienes son los intrusos, es raro que la administración no lo sepa.
Responder
Agradecido por: nico091
#17

(19-03-2023, 02:25 PM)PiPPER escribió:  No hay que poner ninguna pega a las polémicas, es así como se aclaran las cosas y conocemos las opiniones de los demás, solo hay que hacerlo con respeto. Creo que hay que separar las cosas y no mezclar las diferentes. Una embarcación de recreo está bien definida por la ley y la única diferencia entre la lista 6ª y 7ª es el ánimo de lucro. Ninguna ley prohíbe que una de lista 7ª pueda ser tripulada por personal profesional y eso es lo que he dicho, que una embarcación de recreo puede tener tripulación profesional. El PPER, y  las titulaciones profesionales cubren eso, el capitán de yate no. Siempre hay muchas lagunas en lo que concierne a la navegación de recreo, ya que a pesar de que es una actividad importante en la industria náutica y turística de este país, su regulación está en manos de personas que serán buenos profesionales de la marina mercante pero el desconocimiento que tienen de todo lo que incumbe a la navegación de recreo es monumental. Y no saber no está mal, lo horrible es pensar que los demás son unos domingueros y despreciar lo que pueden aportar. Todo lo relacionado con el PPER y su aplicación a la náutica de recreo es una chapuza, y hay que estudiar mucho para hacerla tan monstruosa. Es una especie de castigo por querer tener un marco legal para trabajar. Por eso no es de extrañar que el personal trate de salir adelante en la manera que se puede en la ocupación en la que muchos llevan bastantes años. Tampoco hay que extrañarse que en una situación económica como la actual haya mas de 600 personas que busquen trabajo dentro de la ley por muy desastrosa que ésta ley sea. Y no creo que nadie haga el caro y tortuoso camino del PPER para después hacer charter ilegal.
Para terminar, el intrusismo profesional es algo que se da en todos los campos en los que se mueve dinero y para reducirlo sólo hace falta voluntad, si todos sabemos en un puerto quienes son los intrusos, es raro que la administración no  lo sepa.

Correcto. Usted lo ha definido correctamente. Una lista 7ª puede llevar tripulación profesional, pero sin ánimo de lucro. 
Lo que no veo bien, es que un trabajador "legal", se saque su Pper, ponga sus embarcaciones en lista 6a, contrate sus seguros, obtenga sus licencias de apertura tanto del ayuntamiento como del gobierno de la région, y sin embargo, sea el único inspeccionado en el puerto por segundo año consecutivo. Que no estoy en contra de las inspecciones, ahí están, los papeles encima de la mesa y todo correcto. Pero luego ves a como llaman algunos, los "domingueros" y chico...no tienen ni un problema...
Responder
Agradecido por:
#18

Lo tuyo ha sido una delación... cuídate de los que te rodean, porque los envidiosos dejan rastro caracolero, así que no te resultará difícil ponerle cara..
Responder
Agradecido por:
#19

(19-03-2023, 02:52 PM)nico091 escribió:  Lo tuyo ha sido una delación... cuídate de los que te rodean, porque los envidiosos dejan rastro caracolero, así que no te resultará difícil ponerle cara..
Si si, si sabemos quiénes son, llevan 20 años actuando igual...pero vaya, no me preocupa lo más mínimo y duermo todas las noches tranquilo.  Pirata
Responder
Agradecido por:
#20

(19-03-2023, 02:25 PM)PiPPER escribió:  No hay que poner ninguna pega a las polémicas, es así como se aclaran las cosas y conocemos las opiniones de los demás, solo hay que hacerlo con respeto. Creo que hay que separar las cosas y no mezclar las diferentes. Una embarcación de recreo está bien definida por la ley y la única diferencia entre la lista 6ª y 7ª es el ánimo de lucro. Ninguna ley prohíbe que una de lista 7ª pueda ser tripulada por personal profesional y eso es lo que he dicho, que una embarcación de recreo puede tener tripulación profesional. El PPER, y  las titulaciones profesionales cubren eso, el capitán de yate no. Siempre hay muchas lagunas en lo que concierne a la navegación de recreo, ya que a pesar de que es una actividad importante en la industria náutica y turística de este país, su regulación está en manos de personas que serán buenos profesionales de la marina mercante pero el desconocimiento que tienen de todo lo que incumbe a la navegación de recreo es monumental. Y no saber no está mal, lo horrible es pensar que los demás son unos domingueros y despreciar lo que pueden aportar. Todo lo relacionado con el PPER y su aplicación a la náutica de recreo es una chapuza, y hay que estudiar mucho para hacerla tan monstruosa. Es una especie de castigo por querer tener un marco legal para trabajar. Por eso no es de extrañar que el personal trate de salir adelante en la manera que se puede en la ocupación en la que muchos llevan bastantes años. Tampoco hay que extrañarse que en una situación económica como la actual haya mas de 600 personas que busquen trabajo dentro de la ley por muy desastrosa que ésta ley sea. Y no creo que nadie haga el caro y tortuoso camino del PPER para después hacer charter ilegal.
Para terminar, el intrusismo profesional es algo que se da en todos los campos en los que se mueve dinero y para reducirlo sólo hace falta voluntad, si todos sabemos en un puerto quienes son los intrusos, es raro que la administración no  lo sepa.

Vamos a ver, Tendriamos que empezar por aclarar conceptos, Que es un Tripulante y que es un usuario, o acompañante y Que es un Profesional, 
Una persona va en un barco y puede ser un profesional médico, un profesional economista, etc, 
Una persona tiene un PPER y va en un barco como acompañante o Varios pper que también van como acompañantes
en una reunión de amigos
todos tienen su certificado de PATRON PROFESIONAL, pero en el barco no pintan nada como profesionales porque ninguno puede cobrar absolutamente nada por ir en el barco, 
Una persona va en un barco como Tripulante, y aquí está el quid, !!! Que es un tripulante !!
una persona que forma parte de la dotación del barco, encrgado de una función concreta, y Cobra un salario,
eso es un tripulante, lo que nos lleva a poder decir sin temor a equivocarnos, que un barco de lista 7ª NO puede llevar 
tripulación de rango profesional, Lo que dice ud " Que ninguna ley prohibe que una lista 7ª pueda ser tripulada
por personal profesional   !! esto no es correcto, !! porque nadie en lista 7ª puede cobrar un salario profesional !!
buscar un marco legal para T" Trabajar " en el Mar no es tan dificil, sin llegar a los títulos superiores, que hay que alejarse de casa y de la familia, y amigos etc, - y esto es lo que ningún PPER quiere - hay títulos para trabajar legal, Patrón Portuario, Patrón Costero Polivalente, Patrón de Cabotaje,Patrón de Litoral  Patrón de Altura, Patrón de Pesca Local, etc, 
hay patrones en las lanchas de prácticos, en los remolcadores de puerto etc, y todo está al alcance de todos los españoles,
pero lo que no es e recibo es usar los títulos de recreo para llegar a esa profesionalidad que se pretende, 
y volviendo al inicio del hilo, esos 639 aspirantes que intentan sacar el certificado de PPER, no van con el ánimo de obtener ese certificado y después ir enun  barco de lista 7ª como acompañantes,  para eso no necesitan nada, VAN con el ánimo de
obtener un lucro, el 90% de ellos independientemente de la actividad profesional que están ejerciendo en tierra
 y con eso no benefician a nadie ni siquiera a ellos mismos, ya que no cotizan nada que les sirva para el futuro, 
y hay otra cuestión que no se ha planteado todavía la administración, pero ya hay comentarios por los pasillos,
en cualquier ciudad una actividad de TAXI, O AUTO DE ALQUILER tienen un espacio delimitado, como base 
naturalmente lo pagan pero ese sitio es para su estancia cuando están en horas de trabajo, o sea " su parada "
pues bien los comentarios que se oyen en ciertos sitios, es que los barcos que ejercen esa actividad, tengan un muelle propio de amarre, y lo paguen como su parada a la administración, y esto va a llevar a que los que trabajan de  " matute" con su propio barco de lista 7ª llevando a gente que paga, pero que van como familiares de fuera que han venido a visitar a su primo que es el armador del barco, y están amarrados en un puerto que es publico, para las embarcaciones de recreo
sin ánimo de lucro, a esos sres. se les exigirá que abandone el amarre pues están usando el barco y el amarre para lucrarse,
son detalles que pareen insignificantes, pero todo tiene un limite y una gota hoy otra mañana el vaso se llena, 
esperemos que no suceda a corto plazo, pero los abusos traen los desusos
seguimos opinando, luego estamos aquí
un saludo
Responder
Agradecido por:
#21

(19-03-2023, 06:32 PM)Noray43 escribió:  Vamos a ver, Tendriamos que empezar por aclarar conceptos, Que es un Tripulante y que es un usuario, o acompañante y Que es un Profesional, 
Una persona va en un barco y puede ser un profesional médico, un profesional economista, etc, 
Una persona tiene un PPER y va en un barco como acompañante o Varios pper que también van como acompañantes
en una reunión de amigos
todos tienen su certificado de PATRON PROFESIONAL, pero en el barco no pintan nada como profesionales porque ninguno puede cobrar absolutamente nada por ir en el barco, 
Una persona va en un barco como Tripulante, y aquí está el quid, !!! Que es un tripulante !!
una persona que forma parte de la dotación del barco, encrgado de una función concreta, y Cobra un salario,
eso es un tripulante, lo que nos lleva a poder decir sin temor a equivocarnos, que un barco de lista 7ª NO puede llevar 
tripulación de rango profesional, Lo que dice ud " Que ninguna ley prohibe que una lista 7ª pueda ser tripulada
por personal profesional   !! esto no es correcto, !! porque nadie en lista 7ª puede cobrar un salario profesional !!
buscar un marco legal para T" Trabajar " en el Mar no es tan dificil, sin llegar a los títulos superiores, que hay que alejarse de casa y de la familia, y amigos etc, - y esto es lo que ningún PPER quiere - hay títulos para trabajar legal, Patrón Portuario, Patrón Costero Polivalente, Patrón de Cabotaje,Patrón de Litoral  Patrón de Altura, Patrón de Pesca Local, etc, 
hay patrones en las lanchas de prácticos, en los remolcadores de puerto etc, y todo está al alcance de todos los españoles,
pero lo que no es e recibo es usar los títulos de recreo para llegar a esa profesionalidad que se pretende, 
y volviendo al inicio del hilo, esos 639 aspirantes que intentan sacar el certificado de PPER, no van con el ánimo de obtener ese certificado y después ir enun  barco de lista 7ª como acompañantes,  para eso no necesitan nada, VAN con el ánimo de
obtener un lucro, el 90% de ellos independientemente de la actividad profesional que están ejerciendo en tierra
 y con eso no benefician a nadie ni siquiera a ellos mismos, ya que no cotizan nada que les sirva para el futuro, 
y hay otra cuestión que no se ha planteado todavía la administración, pero ya hay comentarios por los pasillos,
en cualquier ciudad una actividad de TAXI, O AUTO DE ALQUILER tienen un espacio delimitado, como base 
naturalmente lo pagan pero ese sitio es para su estancia cuando están en horas de trabajo, o sea " su parada "
pues bien los comentarios que se oyen en ciertos sitios, es que los barcos que ejercen esa actividad, tengan un muelle propio de amarre, y lo paguen como su parada a la administración, y esto va a llevar a que los que trabajan de  " matute" con su propio barco de lista 7ª llevando a gente que paga, pero que van como familiares de fuera que han venido a visitar a su primo que es el armador del barco, y están amarrados en un puerto que es publico, para las embarcaciones de recreo
sin ánimo de lucro, a esos sres. se les exigirá que abandone el amarre pues están usando el barco y el amarre para lucrarse,
son detalles que pareen insignificantes, pero todo tiene un limite y una gota hoy otra mañana el vaso se llena, 
esperemos que no suceda a corto plazo, pero los abusos traen los desusos
seguimos opinando, luego estamos aquí
un saludo

Pues nada, aquellos que intentamos hacer bien las cosas tendremos que pagar aún más por ejercer nuestro trabajo. Eso está de lujo. 
De igual forma creo que demostrar que un barco en lista 7a se está lucrando es igual de efectivo que si uno tiene tos y se rasca los huev....
Responder
Agradecido por:
#22

(19-03-2023, 07:04 PM)Leonidas escribió:  Pues nada, aquellos que intentamos hacer bien las cosas tendremos que pagar aún más por ejercer nuestro trabajo. Eso está de lujo. 
De igual forma creo que demostrar que un barco en lista 7a se está lucrando es igual de efectivo que si uno tiene tos y se rasca los huev....

Pues en teoría si es como tu dices, es dificil demostrar eso, pero solo es cuestión de que la GC se lo plantee,
ye cuento un caso por mi zona hay varios que usan esa técnica " de los primos que han venido al mar a pasar un dia "
un día a un teniente de la GC se le ocurrió - posiblemente presionado desde otras instancias  - investigar  un patrón 
que andaba por los pantalanes haciendo ostentaciones y diciendo cosas que no debería decir, y un sábado por la mañana 
un grupo de agentes estaba ya preparado, y llegó un grupo de personas a embarcar en el velero del susodicho,
se acercaron al barco, se presentaron saludaron etc, el patrón les solto el clásico estribillo, " unos familiares de Cuenca qu han venido a pasar un día y conocer el mar, - por los más jóvenes - y ver algunos delfines, bien bien respondió el oficial al mando, es una investigación de rutina, me permiten sus DNI, - malas caras por parte del patrón y do los componentes del grupo, bien que curioso ninguno de uds es de cuenca ni reside en cuenca según su DNI, en esto se presentan otros dos agentes que habián hecho otra investigación paralela, en las matriculas de los coches sabes que ponen la propaganda de la casa o el distribuidor que ha vendido el coche  - en mi opinion una acción ilegal ya que la matrícula es como un documento oficial donde no se debe permitir poner publicidad de ningún tipo - pues en esas matrículas venían los nombres del distribuidor del vehículo y la dirección, y vieron que la dirección de l ciudad y provincia coincidia con las direcciones de los DNI resultado ninguno era de cuenca, ni eran primos ni cuñados ni nada, los agentes hicieron un escrito les desearon " que pasen uds un buen día " y se despidieron 
al parecer según se dedujo después por los que 
andamos por allí, la GC no paso el expediente a ningún sitio, solo hicieron esa maniobra para 
que el patrón y otros patrones que hacían lo mismo, se percataran de que la GC conocía sus actividades ilegales,
y hacían la visya gorda, como se suele decir pero estaban al tanto 
el mencionado patrón no volvió a salir con ningún 
grupo de personas más en esos meses verano, en septiembre de aquel año vendió el barco
o sea te quiero decir que si se ponen en demostrar que un lista 7ª se está lucrando  lo hacen sin problema ninguno, 
" era difÍcil demostrar que el REY JUAN CARLOS SE LUCRO DE LA INSTALACION DEL AVE A LA MECA, PUES LA GC LO DEMOSTRO
un saludo compañero esto es forma de pasar un rato, y mantener una tertulia sin faltar el respeto
a nadie, ni siquiera a los infractores














I





que andaba haciendo ostentaciones,
Responder
Agradecido por:
#23

Hay infinidad de médicos, abogados, ingenieros, etc... Que jamás han ejercido de lo suyo.

Y muchisimos capitanes de yate que jamás han cruzado el charco...p.e.

No veo porque tiene que ser distinto con el pper. Hay mucha gente que estudian(mos) por placer.
Responder
Agradecido por:
#24

(20-03-2023, 11:59 AM)jiauka escribió:  Hay infinidad de médicos, abogados, ingenieros, etc... Que jamás han ejercido de lo suyo.

Y muchisimos capitanes de yate que jamás han cruzado el charco...p.e.

No veo porque tiene que ser distinto con el pper. Hay mucha gente que estudian(mos) por placer.

Si totalmente de acuerdo, y de los 639 aspirantes ninguno a participado en esta tertulia, ni ninguno a dicho nada, 
por tanto a ellos no se les puede decir nada, en este hilo, 
las " criticas cariñosas " es para los que dicen 
que es una cuestión de buscar un marco legal para trabajar
y mientras se haga de forma legal, "Nada que objetar " pero si se hace de forma " ilegal " pues " leña al mono "
PD. No creo que ser CY sea sinónimo de haber cruzado el charco, Ni haber cruzado el charco sea sinónimo de CY
lo que si está claro que cruzar el charco no es sinónimo de PPER, ejerciendo como tal, NO conmo CY, !! que paradoja !!
xlaro que ya lo dice el mismo certificado, un PPER es 1 Patron de Embarcaciones de Recreo PER, Habilitado para trabajar como profesional, con menos atribuciones en cuanto a limite de distancia que un CY
!! que cosas !!
1 saludo
Responder
Agradecido por:
#25

Los que estéis estudiado tened en cuenta este nuevo real decreto que casi seguro que entra en el examen 

Real Decreto 186/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Navegación Marítima.

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id...págs.%20)
Brindis
Rectifico- Al no haber sido publicado en el Boe en la convocatoria de este examen, todavía no entra este real decreto. Aunque habrá que estar atento por si entra ya en próximas convocatorias, Pido perdón a los que haya podido confundir.
Un saludo a todos y buena suerte en el examen

Gabi para los amigos 
Responder
Agradecido por:
#26

He rectificado la información que puse en el mensaje anterior porque cometí un error al incluir el nuevo real decreto para este siguiente examen. El temario está en el boe de la convocatoria y solo la administración puede modificarlo.
Un saludo a todos y suerte con el examen  Brindis

Gabi para los amigos 
Responder
Agradecido por:
#27

(16-02-2023, 08:12 AM)Noray43 escribió:  Pues como primera condición ser capitan de yate, después estudiarte el temario, que estodo  un poema
y después si vas a presentarte a traves de una academia, ellos te facilitaran los tramites de solicitud al examen, si vas por libre, busca en la página de fomento y en la sede electronica estan los tramites para solicitar la admisión a eaxamen, otra cuestión contacta con el compañero Vidal Mestre y él te informará mejor, creo que sabrás que el PPER NO es un título esun certificado que dan a los que tienen el capitan de yate, para trabajar en barcos de chárter nada más
suerte en la tarea
saludos
Desde mi humilde opinión y conocimiento te informo que para examinarse para la obtención del CERTIFICADO PPER no es necesario ser Capitán de Yate ,  para que te den el certificado PPER si, tampoco es correcta tu afirmación "Para trabajar en barcos chárter nada más " las atribuciones de un PPER son muchas mas.
Responder
Agradecido por:
#28

Saludos cordiales.
Responder
Agradecido por:
#29

(23-04-2023, 01:01 PM)Juan la Vila escribió:  Desde mi humilde opinión y conocimiento te informo que para examinarse para la obtención del CERTIFICADO PPER no es necesario ser Capitán de Yate ,  para que te den el certificado PPER si, tampoco es correcta tu afirmación "Para trabajar en barcos chárter nada más " las atribuciones de un PPER son muchas mas.

Si hombre si, tenemos un sistema tan maravilloso, que un encargado de limpiar los cristales de un hospital, se puede presentar a examen de CIRUJANO CARDIOLOGO, así sin más, montamos un dispositivo que cuesta una fortuna en medios económicos y humanos  para que el limpiacristales se presente al examen de cirujano en cardiología, eso si a sabiendas de que ese sr. no va a solicitar nunca un título de cirujano, porque no se lo van a dar, pues en la náutica idem de lo mismo, un paseante de pantalán se presenta a un examen de PPER, Se buscan locales donde celebrar ese examen, se alquila un aula y se
disponen un equipo humano todo ello con cargo al erario publico, para que un sr, se presente a examen de PPER que posiblemente no sabe ni lo que es, pero él quiere hacer el examen, porque ha oidi que mcha gente v a hacerlo, BIEN por el paseante de pantalán, y ahora llega uno y se pregunta, y si no puede solicitar ese certificado, ni puede ejercer en esa actividad, ¿ para que quiere hacer el examen, ? ¿ NO SABE NO CONTESTA ? 
A saber ese certificado se creo, para que los sres, capitanes de yate, pudieran ejercer de PATRONES, NO DE CAPITAN, en barcos de alquiler con ciertas limitaciones en cuanto a esloras de barco numero de personas que podrían llevar y limite de millas de separación de la costa, dentro de las aguas territoriales de españa, si no te importa ya que lo has mencionado, podrías decir cuales son las muchas atribuciones de un Pper, ¿ puede hacer cabotaje, en barcos habilitados para eso,¿ puede patronear un remolcador ya sea dentro de puerto, o ya sea de altura, puede patronear una draga para limpieza de puertos o canales, ¿ puede patronear un pesquero ya sea de pesca de bajura o de pesca de altura, 
que puede hacer un pper, además de patronear un chárter con 6 personas como máximo
seria interesante saberlo, ¿ puede montar una academia náutica e impartir clases teóricas y dar prácticas  en fin ya dirás cuales son esas atribuciones que haces alusión, solo es por curiosidad,  
Responder
Agradecido por:
#30

(20-03-2023, 12:42 PM)Noray43 escribió:  Si totalmente de acuerdo, y de los 639 aspirantes ninguno a participado en esta tertulia, ni ninguno a dicho nada, 
por tanto a ellos no se les puede decir nada, en este hilo, 
las " criticas cariñosas " es para los que dicen 
que es una cuestión de buscar un marco legal para trabajar
y mientras se haga de forma legal, "Nada que objetar " pero si se hace de forma " ilegal " pues " leña al mono "
PD. No creo que ser CY sea sinónimo de haber cruzado el charco, Ni haber cruzado el charco sea sinónimo de CY
lo que si está claro que cruzar el charco no es sinónimo de PPER, ejerciendo como tal, NO conmo CY, !! que paradoja !!
xlaro que ya lo dice el mismo certificado, un PPER es 1 Patron de Embarcaciones de Recreo PER, Habilitado para trabajar como profesional, con menos atribuciones en cuanto a limite de distancia que un CY
!! que cosas !!
1 saludo

Hola a todos , por aclarar un poco la polémica , La certificación PPER es un titulo personal profesional que no solo vale para hacer chárter, un PPER  puede trabajar en un barco de lista 7ª profesionalmente cobrando al armador o propietario del barco por actuar como patrón profesional , valga un ejemplo , propietario con titulo PER de una embarcación  LISTA 7ª con permiso de navegación para zona 2,  quiere navegar a a Baleares , como su titulación no tiene atribuciones para hacerlo puede contratar a un PPER. Lo que no puede hacer siendo PPER  o no es chartear un barco en lista 7ª , bueno esto es a día de hoy , hay una propuesta de ley que a partir del año que viene se podrán alquilar barcos en lista 7ª por 3 meses.
Responder
Agradecido por:


Posibles temas similares…
Tema / Autor Respuestas Vistas Último mensaje
Último mensaje por Cnt
27-11-2023, 09:14 PM
Último mensaje por trunyoz
10-05-2023, 10:36 AM
Último mensaje por Noray43
24-04-2023, 01:58 PM
Último mensaje por Noray43
24-04-2023, 12:01 PM
Último mensaje por Betto
24-02-2023, 02:58 PM

Salto de foro:


Usuarios navegando en este tema: 5 invitado(s)