(03-03-2021, 05:31 PM)en_transit escribió: Esto son bengalas, espiches, espejo, VHF, extintores y balsa revisada, y tanque de KK, puede que olvide algo, no cuesta tanto llevar esto al día, ósea que sigue siendo mejor cualquier pabellón UE.
La ITB no es material de seguridad.
Totalmente cierto. Lo que ocurre es que todos los propietarios de barco con bandera extranjera que venimos de la española ya tenemos ese equipo adquirido y por eso no nos supone mayor problema cumplir con el. Por eso me sorprende que ANEN presione en esa dirección por que
no va a suponer mas ingresos para ellos. Incluso puede que pierdan algún cliente defraudado por su comportamiento frente a este asunto.
No creo que implementen la ITB, no por que no quieran si no por que supondría un infierno de burocracia ya que tendrían que crear toda una burocracia paralela y alternativa solo para barcos no españoles. Ya solo el hecho de rematricular barcos que previamente fueron de bandera española esta suponiendo ciertos quebraderos de cabeza en algunos casos por no tener previsto el tipo de documento donde estampar el sello de la ITB previa a la matriculación ya que al no tener certificado de navegabilidad donde estamparlo el inspector se bloqueaba como un ordenador -
error 404-.
Este decreto yo creo que va mas bien con la intención de facilitar la recaudación al estado a partir de poder poner multas menores en coste pero en mayor cuantía y asegurarse de que todos los barcos "tiemblan" al ver una patrullera.
Es importante recordar que la convención del mar dice expresamente que el responsable de los equipos de seguridad y sus normas es el país otorgante de pabellón y que, en todo caso, si el país donde este barco navega sospecha que algo no esta bien como mucho puede informar al país del pabellón para que este compruebe la situación. Por tanto este decreto, si sale, es totalmente ilegal tal como la ley azul francesa. Otra cosa seria si España no hubiera decidido firmar la convención del mar. Pero lo hizo y debe respetar su normativa.
Hay países que han decidido no hacerlo como Estados Unidos y en tales sitios ellos cortan el bacalao a su antojo. Como consecuencia se consideran países a rechazar por los navegantes internacionales por lo arbitrario de su comportamiento. Pero nuestro país si que firmó y eso le compromete a no hacer lo que pretende hacer con este decreto. Pero...
Si las multas fueran importantes -3.000 a 6.000 €- y exasperasen a una cantidad relevante de personas corren el riesgo de que se vaya a los tribunales y eso no les conviene. Hay muchas posibilidades de que pierdan el caso como paso con la posibilidad de abanderar en otros países. Ahora bien, por una multa de 100 a 300 € es poco probable que les recurran y si hay suficientes la vaca de la náutica española dará mas leche a la larga.
Todo depende de varios factores. Primero si la ley sale tal cual frente a las presiones judiciales que ya tiene incluso antes de ser parida. Y si finalmente es así dependerá de como se comporte la guardia civil. Si hacen lo que hasta ahora todo OK, pero como reciban la orden de centrarse en barcos de bandera ex-española y nos acosen puede que acaben cabreando a muchos y recibiendo demandas cuyo futuro es dudoso para la administración.
Tened en cuenta que se nos amenazó con este texto en 2017 como orden ministerial, se revisó
como real decreto en 2019 e incluso en su vista previa ponia que se pretendía sacar a finales de 2019 ya que en el documento se incluyó una fecha. Mas tarde, a finales de 2020 se dijo de estrangis que saldría a primeros de 2021 y aún no ha salido. Se lo están pensando bien y si fuera todo tan sencillo hace mucho que lo habrían sacado.